UNIDAD N°1 EL TRABAJO
En esta unidad veremos:
Cómo el hombre es el sujeto del trabajo y cómo su labor, trasforma el mundo. Esa tarea que realiza el hombre lo dignifica, haciéndolo partícipe en la creación y en la trasformación de mundo. Es necesario aclararte que esta afirmación no es una cuestión meramente especulativa, sino que es una realidad; el hombre en la antigüedad modificaba la piedra y la trasformaba en un instrumento de caza, actualmente, por ejemplo, el desarrollo genético también es producto del trabajo del hombre, por eso es que señalamos el hombre trasforma la naturaleza con su trabajo.
La realidad del trabajo debido a su importancia en la dignificación del hombre, requiere una protección especial, que la otorga el derecho del trabajo, desde la Constitución Nacional, las leyes y demás normas reglamentarias. El derecho del trabajo dispone a los fines de cumplir sus objetivos de una serie de principios protectorios que veremos en esta unidad.
EL DERECHO DEL TRABAJO Y LA CONSTITUCION NACIONAL
El trabajo no debe considerarse sólo desde la dimensión de actividades para conseguir fines materiales, sino que es también la forma de realización personal, ya que por medio del trabajo los hombres desplegamos nuestras potencialidades y construimos nuestro futuro y nos relacionamos con el medio y con las otras personas de la sociedad. De allí que el trabajo se vincula a la dignidad de la persona.
En 1853, la Constitución Nacional establece los derechos del individuo y las garantías LLAMADOS DE PRIMERA GENERACIÓN.
Articulo 14
" Todos los habitantes de la nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita, de navegar y comerciar, de peticionar a las autoridades, de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino, de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa, de usar y disponer su propiedad, de asociarse con fines útiles, de profesar libremente su culto, de enseñar y aprender".
Con la reforma constitucional del año 1949, se enuncian derechos personales con un verdadero contenido social:
DERECHO A:
- trabajar
- una retribucion justa
- la capacitacion
- condiciones dignas de trabajo
- la preservacion de la salud
- el bienestar
- la seguridad social
- la proteccion de la familia
- el mejoramiento economico
- la defensa de los intereses profesionales
En 1957 fue derogada la reforma constitucional de 1949, volviendo a tener vigencia la Constitución de 1853, a la que se le incorpora el artículo 14 bis. en el cual se incluyen los derechos individuales y colectivos del trabajo y de la seguridad social.
Articulo 14 bis
DERECHOS INDIVIDUALES DEL TRABAJADOR:
El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa;salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado
público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
DERECHOS COLECTIVOS DEL TRABAJADOR:
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo;recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
DERECHOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
EL DERECHO DEL TRABAJO
"Es el conjunto de normas, que regulan las relaciones entre trabajadores y empleadores, que surgen de una prestación contractual, subordinada y remunerada del trabajo."
Uno de los aspectos más importantes es la determinación de los derechos y deberes de las partes: del trabajador y de los empleadores los cuales se resumen en el siguiente cuadro:
EMPLEADOR
DERECHOS
- Recibir el trabajo y
apropiarse de sus resultados
- Facultad de organizar
económica y técnicamente la
explotación de la empresa
- Aplicar normas
disciplinarias
- Aplicar sistemas de control
al personal
- A ser preferido en la
explotación de inventos del
trabajador.
OBLIGACIONES
- De igualdad de trato y no
discriminar al trabajador
- Dar ocupación efectiva y
adecuada
- Cumplir sus deberes legales
y previsionales, depositando los
aportes y contribuciones de
seguridad social y sindical
- Registrar la relación laboral
- Dar seguridad y condiciones
dignas de trabajo
- Pagar la remuneración
- Respetar el derecho de
propiedad de inventos
personales del trabajador.
TRABAJADOR
DERECHOS
- Que se le de ocupación
- Que se les satisfagan los
deberes legales
- Que se lo inscriba en el
registro laboral
- Que se le respete su
persona y su libertad de
expresión
- Que se le den condiciones
aceptables de trabajo
- A no ser discriminado
injustamente
- Cobrar su remuneración
- A los aportes y
contribuciones
- A la propiedad de inventos
personales.
OBLIGACIONES
- Poner su capacidad a
disposición del empleador
- Aceptar la capacidad de
dirección del empleador dentro de
limites razonables
- Aceptar las normas
disciplinarias y de control
- Dar preferencia al empleador de
sus inventos personales.
OBLIGACIONES PARA AMBAS PARTES
Buena Fe.
Colaboración y solidaridad.
Trabajo practico N°1 grupal para realizar en clase (grupos max de 4 personas)
“ DEBERES Y DERECHOS DEL TRABAJADOR Y DEL
EMPLEADOR”
Consigna: Leer cada caso en particular e identificar
cuales son los derechos y las obligaciones de trabajadores y empleador que se
incumplen. Fundamente la respuesta, en
base a lo analizado durante la clase y el artículo 14 bis de la Constitución
Nacional.
Caso práctico N° 1
La empresa Martínez y cia, ha
decidido no pagar este mes a los trabajadores los sueldos, ya que los clientes
no han abonado los productos que compraron, y considera que el impago de estos
es un riesgo que los trabajadores deben compartir con ella. Razona si es
correcta la actitud de la empresa.
Caso Practico N° 2
Una empresa quiere contratar a
una empleada administrativa, y citan para la entrevista a tres personas, una de
ellas es una mujer de 32 años discapacitada (necesita muleta para caminar). Por
ello en la entrevista, simplemente le dan las gracias por haber acudido….”y le
dicen que quizás en otra ocasión”. Analiza si es correcta la actitud de la
empresa.
Caso Practico N°3
Un trabajador decide no utilizar
los medios de protección facilitados por el empresario. Indica si su actitud
puede ser causa de una sanción disciplinaria.
Caso Practico N°4
María trabaja 8 hs diarias en la
tienda de su tía, lo cual acuerdan una relación laboral de palabra y le dice
que le pagara una suma semanal de dinero por el trabajo, pero le aclara que no va a tener obra social
por lo cual le recomienda no enfermarse. Indicar las obligaciones y derechos de
ambas partes.
Caso Practico N° 5
Una empresa le propone a un
trabajador un aumento de sueldo a cambio de su renuncia a uno de los dos días
de descanso semanal que le corresponde. El trabajador accede a ello. ¿Qué les
parece es correcta la actitud de la empresa? ¿Y la del trabajador?
Caso Practico N°6
Laura es ayudante de cocina en un
importante restaurant de Palermo, durante las últimas semanas ha llegado en
reiteradas ocasiones tarde a su trabajo, teniendo en cuenta que ya ha gastado
los 30 minutos de tolerancia que tenía en el mes, el gerente de RRHH le
notifico que será sancionada, además de perder el premio de asistencia y
puntualidad. ¿es correcta la decisión de la empresa? Justifica.
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